DosArquitectos en los medios
Estimados amigos
Queremos comunicar nuestra reciente aparición en 2 medios impresos.
-MiCasa num 305: medio nacional
-REM diseño Sept 2011: revista local del norte de Madrid.
Un saludo y espermos que os guste
¿Cómo puedo ahorrar energía en casa? Consejos de ahorro de energía
En nuestra nueva dirección de blog:
¿Cómo puedo ahorrar energía en casa? Consejos de ahorro de energía
Un saludo!
ESTRENAMOS BLOG con nuevos temas en nuestra nueva pagina web 2arquitectos.com
Por temas de productividad hemos incorporado el blog a nuestra página web, a partir de ahora escribiremos los artículos ahí.
Pondremos aqui los links para facil acceso durante una temporada. Algunos artículos nuevos:
Consejos para empezar proyecto de arquitectura. El cliente
Preguntas frecuentes: Permisos o licencias necesarios para realizar obras y reformas en viviendas
Un saludo!
Sergio Olazábal
Conferencia Oscar Tusquets y Christian Sieger. Las nuevas formas de habitar
Con motivo de la semana de la arquitectura el otro día tuve la suerte de acudir a una conferencia gracias a una invitación de Dornbracht. Los conferenciantes fueron el genial arquitecto de las ultimas décadas Oscar Tusquets y Christian Sieger de Sieger Design www.sieger-design.com .
El tema de la conferencia eran los baños. Lo mas interesante fueron los razonamientos que daba Sieger para justificar un cambio en el diseño de los baños en particular, pero creo que es aplicable a la arquitectura en general. Los tiempos han cambiado, por tanto la forma de vivir tiene sentido que también. Factores como:
- la nula de necesidad de espacios cerrados, en otros tiempos fundamentales para nuestros padres
- el nacimiento de una cultura relacionada con el bienestar/fitness, culto al cuerpo. En 1975 el maratón de Berlin corrieron 750 personas. El último año rondaron los 30.000
- la ecología/sostenibilidad/amor por la naturaleza y todo lo que lo rodea. Desde los materiales a la integración de zonas “verdes” en los interiores, con patios, huertas y el uso del agua en los baños
- La digitalización de la sociedad. Pj Las apps de los ipads/iphones/android y su popularización hacen que se empiecen a integrar sistemas sencillos en las viviendas. Apple es la sexta empresa mas valorada por los consumidores a nivel mundial, por encima de Mercedes Benz por ejemplo
Por tanto nos deberíamos plantear, a la hora de realizar una intervención, en cómo vamos a vivir/trabajar nosotros. Y no estar tan predeterminados a adaptar la morfología que hemos visto toda la vida en casa de padres, abuelos, amigos… ya que a lo mejor a ellos les servía, pero no tanto a nosotros.
Sergio Olazábal.
DosArquitectos responden “Legislación Comunidad de Madrid. Vertido de líquidos industriales a la red de saneamiento.”
Hace un par de días, nuestro amigo Fernando nos dejos este comentario:
“DosArquitectos, muchas gracias por vuestra invitación y enhorabuena por el blog.
Quisiera saber donde me puedo informar con respecto a la legislación existente en Alcobendas con respecto a salida de aguas de una industria. Recientemente he visitado una lavandería industrial en Algete y me comentaron que les exigían un ph máximo en su salida de aguas de lavado. No se si en Alcobendas existe el mismo requisito.
Otra vez muchas gracias por vuestra ayuda.
Un abrazo”
Aunque nos especializamos sobre todo en temas de reforma de viviendas, nos vemos en disposición de aclarar en algo esta duda.
El ayuntamiento de Alcobendas con respecto al vertido de aguas industriales a la red de saneamiento municipal, se acoge a ley de la comunidad de Madrid, y mas en concreto a la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento
Lo que básicamente dice la ley, es que existe un máximo de parámetros de contaminación de los líquidos industriales que se puede verter al sistema general de saneamiento.
Por lo que básicamente hay que calcular cuantos m3 de vertidos industriales vamos a verter y ver los parámetros de contaminación que poseen esos vertidos. Una vez calculados esos vertido vemos si estamos por encima de lo permitido o por debajo.
Si estamos por encima de lo permitido debemos tomar medidas correctoras como podría ser la instalación de una planta de homogenización (o algo similar) que sirve como deposito intermedio entre la maquinaria y la red general.
Para este tipo de industria debemos instalar en todo caso una arqueta de muestra que sirva al ayuntamiento para analizar los vertidos.
En los distintos ayuntamientos, sueles ser el departamento de medio ambiente quien realiza estos trámites, y por consiguiente suelen ser los departamentos indicado para realizar las consultas.
Para profundizar más, os animo a leeros la ley.
Un saludo
Manuel Zea
DosArquitectos responde tus preguntas de reformas y licencias de viviendas
Estimados amigos.
Queremos que este blog sea participativo, y nos gustaría ayudaros en dudas que tengáis sobre reformas en viviendas.
Podéis enviar vuestras preguntas, e intentaremos realizar un post resolviendo esas preguntas.
Os animo a participar!
Un saludo
Manuel Zea
Reformas dosarquitectos : Climatización
Estamos acabando una obra de la cual estamos particularmente orgullosos dada la complejidad que entrañaba tanto técnica como arquitectónicamente. Por detalles constructivos que hemos resuelto, por hacer algo diferente a lo normal, por plazos etc…
Nos hemos dado cuenta que realizar una pequeña intervención controlada al mm puede ser igual de gratificante que una vivienda de 600 m2 donde no puedes entrar en muchos temas por falta de tiempo o prespuesto.
Básicamente consiste en una ampliación de cocina en una vivienda existente, para ganar una zona de office. Pero para guardar la estética del edificio existente teníamos que resolver la cubierta en 10 cm, una cubierta plana, para dejar sitio a una maquina de climatización y conductos en 20 cm. Y el desagüe de cubierta. Y por si fuera poco teníamos un plazo de 2 meses para todo ello.
El estado anterior y las etapas fueron de la siguiente forma:
Primero realizamos la estructura exterior, liberando la esquina, ya que nos gustaban las vistas y de esta forma aligerabamos en ciego:
Luego cubrimos aguas, aislamos e impermeabilizamos. La prueba de inundación es fundamental en este tipo de cubiertas con poca pendiente dado las posibilidades de atasco que tienen. Con dicha prueba encontramos tres goteras:
Finalmente cerramos fachada, aislamos, aplacamos y se colocó la carpintería. Siempre nos gusta aumentar la entrada de luz y conseguir esbeltez en las carpinterías. Por ello usamos carpintería de hoja oculta. Un detalle importante es siempre cubrir los pilares metalicos de poliexpan o similar cuando estén en contacto con la fabrica de ladrillo, para evitar fisuras por movimiento. El acero es mas “nervioso” y suele tener algo de movimiento.
Y aquí tenemos el resultado final.
Hasta aquí llega la labor exterior, a partir de ahora romper el anterior cierre de fachada y da comienzo el interior!
Para el interior jugamos con el cambio de textura de materiales, de porcelánico frío a madera cálido, formas divertidas en los techos y una iluminación bastante cuidada. Nos gusta que el diseño vaya de la mano de la función, de esta forma hicimos una tragaluz con embocadura de madera, la misma del suelo, pero el gol era que uno de los 4 lados además fuese la rejilla del retorno de la climatización del office. La impulsión la resolvimos en el foseado de la ventanas, donde finalmente se han colocado unos estores. Hemos probado el sistema y es impresionante la sensación de confort en este office, cero sacrificio a nivel estético. No veréis una maquina.
El resto de la climatización de la cocina la resolvemos mediante una falsa viga retranqueada por encima de los muebles de cocina, de unos 5 metros de longitud.
El resultado final esta por ver, faltan algunos remates puramente estéticos, lo publicaremos en nuestra web en breve cuando hagamos unas buenas fotos. Aqui van las últimas:
Espero os sirva, mas que nada como ejemplo de que es posible una integración entre arquitectura e instalaciones, hay vida después de los split, solo hay que tener una previsión anterior al proyecto, ya que en la propia obra es prácticamente imposible de solucionar.
Un saludo!
Sergio Olazábal
Compra de vivienda nueva con necesidad de reforma; baja calidad general
Últimamente hemos tenido ocasión de visitar varias viviendas entregadas o alquiladas en los nuevos desarrollos (PAUS) que han ido creciendo entorno a Madrid en los últimos años. Tanto con la Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) como con clientes privados o amigos. Incluso hemos sido finalistas en algún concurso público para alguna parcela en dichos PAUS.
Independientemente de la calidad arquitectónica de la mayoría de las promociones publicas y algunas pocas privadas, nos llama la atención la bajísima calidad con la que se entregan dichas viviendas al propietario final.
Y no nos referimos a viviendas de protección oficial, en las cuales no es justificable pero a lo mejor mas comprensible, sino en promociones privadas en las que supuestamente se ha hecho un desembolso elevadísimo para acceder a una vivienda en la cual se presupone unas calidades y equipamientos básicos.
Algunos ejemplos:
- techos totalmente desnivelados o en mal estado
- en las paredes enlucidos muy mal tendidos
- red eléctrica incompleta
- ubicación de radiadores sin criterio ni siquiera de utilidad
- suelos radiantes de tarima levantados
- etc…
Sin entrar en los motivos de dichos fallos, lo cierto es que suponen una inversión posterior a la compra nada desdeñable, así que si estáis pensando comprar es un buen argumento de negociación el exponer la necesidad de dicha inversión antes de comprar o alquilar.
La virtud de una reforma integral son el conseguir una vivienda “a medida” de cada propiedad, con materiales y acabados determinados y supervisado por una dirección facultativa que asegure máximas calidades. Es cierto que no todo el mundo puede realizarla, pero si exigir unos parámetros básicos de calidad en el lugar donde viviremos muchos años, que además será seguramente el mayor desembolso e inversión de una vida.
Un saludo,
Sergio Olazábal
Energias renovables. DosArquitectos en “Solar Decathlon 2010″
Solar decathlon
Hace un par de meses, el “solar decathlon” visito nuestra ciudad. Para el que no tenga conocimiento, el Solar decathlon es una competición en la que se convoca a universidades de todo el mundo para diseñar y construir viviendas que sean autosuficientes energéticamente, que funcionen sólo con energía solar, que estén conectadas a la red y que incorporen tecnología que permita su máxima eficiencia energética. www.solardecathlon.com

Visitamos las instalaciones y nos pareció una exposición interesantísima. Tanto desde el punto de vista energético, ya que las casas eran auténticas maquinas de ingeniería, como desde el punto de vista arquitectónico. En muchos casos se podía saber el origen de los participante nada mas acercarte a los prototipos de las viviendas. Los finlandeses de la escuela de A. Aalto usaban la madera y la forma de forma sencilla y elegante. Los alemanes con formas puras y líneas depuradas muy funcionales…
Las conclusiones que sacamos después de haber visto todo tipo de sistemas mas o menos sofisticados es que a día de hoy tener una casa 100% sin necesidad de recursos energéticos “de la red” es muy complicado.
1- El esfuerzo para el habitante/propietario tipo de esta casa es colosal.
2- Económicamente: preguntando precios, estas casas oscilan entre los 200.000 y 300.000 €, no olvidemos que son casas de 100m2 a lo sumo. Esto quiere decir que triplican el precio de construcción de viviendas tradicionales.
3- Complicación de uso. Funcionalmente no son prácticas, ya que hace falta conocimientos casi ingenieriles para realizar su mantenimiento diario.

¿Son ecológicas? El gran debate de la sociedad, ya que a día de hoy, para fabricar las placas solares hace falta consumir más recursos que los que son capaces de ahorrar en su vida útil. Las baterías de almacenaje de paneles fotovoltaicos tampoco ayudan. El ganador de esta edición es una vivienda cuyo material de fachada es metálico, material anti-ecológico por definición dada la cantidad de energía que se requiere para su fabricación…
No quiere decir que este tipo de eventos sea una utopía, más bien todo lo contrario, ya que necesitamos seguir investigando en ello para obtener mejorar rendimientos en todos los sistemas activos que obtengan la energía de fuentes renovables. Os imagináis que con un panel solar obtuviésemos la energía para ser autónomos de la red y además que ese panel tuviese un precio razonable?
Intentos loables: casas cuyo diseño depende de las coordenadas geográficas, altura y orientación, uso de materiales ecológicos como aquellos que hay en fachadas y suelos tipo madera o compuestos con el sello correspondiente, fachadas vegetales, parasoles abatibles que evitan excesivo soleamiento, contraventanas con sistemas de captadores fotovoltaicos en lugar de celosías, invernaderos en cubiertas que almacenan o disipan energía según convenga, láminas de agua perimetrales donde almacenar el agua y además crear clima de confort, luces led de bajo consumo, incluso huertos ecológicos…

Gracias a los esfuerzos, tanto técnicos como humanos de este tipo se puede soñar con ello, ya que como dependamos de las empresas suministradoras (gas natural, endesa, etc…) para medios alternativos… lo llevamos claro!
Esperamos este Post os resulte interesante.
Un saludo
Manuel Zea
Sergio Olazábal
Reduccion de IVA en reformas, Real Decreto Ley 6/2010.
Estimado amigos
Sabemos que no es un post divertido, pero ultimamente hablamos mucho de esto con clientes y amigos.
Escribimos este post para que conozcais la ley que trata el tema de reducción de IVA para reformas.
La normativa que se aprobó este año es el Real Decreto Ley 6/2010, publicado en el BOE del 13/04/2010 de medidas para el impulso de la recuperación economica y el empleo.
Podeis leer todo lo referente a la ley en esta web de noticias jurídicas
Sabemos que la ley a veces no es muy clara, pero esta es la normativa.
En lo que se refiere al tema de las rehabilitaciones, es el Art. 2 el que lo trata, y ahí te pongo más o menos lo que dice:
Ar Artículo 2. Ampliación del concepto de rehabilitación estructural en el Impuesto sobre el Valor Añadido y reducción del tipo de gravamen aplicable a la renovación y reparación de viviendas particulares.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:
Uno. El número 1.º del apartado dos del artículo 8 queda redactado de la siguiente forma:
«1º. Las ejecuciones de obra que tengan por objeto la construcción o rehabilitación de una edificación, en el sentido del artículo 6 de esta ley, cuando el empresario que ejecute la obra aporte una parte de los materiales utilizados, siempre que el coste de los mismos exceda del 33 por ciento de la base imponible.»
No obstante, hay que estar a lo que dice la Ley 37/1992 del IVA, en cuanto a las rehabilitaciones, para poder aplicar los tipos reducidos, en los Art. 6, 7, y 8, asi como el Artículo 91, que es el que regula el tipo del 8%, y que te detallo mas abajo.
B. A los efectos de esta Ley, son obras de rehabilitación de edificaciones las que reúnan los siguientes requisitos:
1. Que su objeto principal sea la reconstrucción de las mismas, entendiéndose cumplido este requisito cuando más del 50 % del coste total del proyecto de rehabilitación se corresponda con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas o con obras análogas o conexas a las de rehabilitación.
2. Que el coste total de las obras a que se refiera el proyecto exceda del 25 % del precio de adquisición de la edificación si se hubiese efectuado aquélla durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la edificación o parte de la misma en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la edificación la parte proporcional correspondiente al suelo.
Se considerarán obras análogas a las de rehabilitación las siguientes:
a. Las de adecuación estructural que proporcionen a la edificación condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica.
b. Las de refuerzo o adecuación de la cimentación así como las que afecten o consistan en el tratamiento de pilares o forjados.
c. Las de ampliación de la superficie construida, sobre y bajo rasante.
d. Las de reconstrucción de fachadas y patios interiores.
e. Las de instalación de elementos elevadores, incluidos los destinados a salvar barreras arquitectónicas para su uso por discapacitados.
Se considerarán obras conexas a las de rehabilitación las que se citan a continuación cuando su coste total sea inferior al derivado de las obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas y, en su caso, de las obras análogas a éstas, siempre que estén vinculadas a ellas de forma indisociable y no consistan en el mero acabado u ornato de la edificación ni en el simple mantenimiento o pintura de la fachada:
a. Las obras de albañilería, fontanería y carpintería.
b. Las destinadas a la mejora y adecuación de cerramientos, instalaciones eléctricas, agua y climatización y protección contra incendios.
c. Las obras de rehabilitación energética.
Se considerarán obras de rehabilitación energética las destinadas a la mejora del comportamiento energético de las edificaciones reduciendo su demanda energética, al aumento del rendimiento de los sistemas e instalaciones térmicas o a la incorporación de equipos que utilicen fuentes de energía renovables.
Tres. El número 7. del apartado uno.1 del artículo 91 queda redactado de la siguiente forma:
7. Los edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente.
En lo relativo a esta Ley no tendrán la consideración de anexos a viviendas los locales de negocio, aunque se transmitan conjuntamente con los edificios o parte de los mismos destinados a viviendas.
No se considerarán edificios aptos para su utilización como viviendas las edificaciones destinadas a su demolición a que se refiere el artículo 20, apartado uno, número 22, parte A, letra c de esta Ley.
Cuatro. Con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, el número 15 del apartado uno.2 del artículo 91 queda redactado de la siguiente forma:
15. Las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a. Que el destinatario sea persona física, no actúe como empresario o profesional y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, también se comprenderán en este número las citadas ejecuciones de obra cuando su destinatario sea una comunidad de propietarios.
b. Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras haya concluido al menos dos años antes del inicio de estas últimas.
c. Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 33 % de la base imponible de la operación.
Sabemos que es algo lioso, pero esperamos os sea útil.
Un saludo
Manuel Zea
























